Micelio
Auto16 de septiembre de 2009

A- de 2009

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Bbva Vs Salas Civil, Familia , Laboral Del Tribunal Superior De Monteria

Tema · dato duro
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T 310 De 2009, Por Desconocimiento Del Precedente Constitucional Fijado Por Esta Corporación Respecto A La Procedencia De La Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales. La Sala Encuentra Que Las Críticas Expuestas Por Los Peticionarios, No Conllevan A La Nulidad Del Fallo Atacado, Porque No Demuestran Una Contradicción Entre El Precedente Y La Sentencia Atacada, Sino Que Utilizan El Expediente Para Controvertir Las Razones Tenidas En Cuenta Por La Sala Tercera De Revisión Para Resolver El Asunto. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Jurisprudencia En Vigor
  • Corresponde al precedente constitucional reiterado por la Corte Constitucional
  • Precedente obligatorio para las salas de revisión
Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Ocurrencia de situaciones jurídicas especialísimas y excepcionales
  • Procedencia si los vicios que se invocan implican una afectación ostensible, probada, significativa y trascendental al debido proceso
  • Sólo podrá ser alegada antes de proferido el fallo y por violación al debido proceso
  • Procedencia excepcional
  • Vulneración debe ser significativa y trascendental
Nulidad Sentencia De Revision De La Corte Constitucional
  • Presupuestos materiales
  • Presupuestos formales
Nulidad Sentencia De Revision De Tutela
  • Procedencia cuando de manera arbitraria se dejan de analizar asuntos de relevancia constitucional que tienen efectos trascendentales para el sentido de la decisión
Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Negar por cuanto se pretende reabrir debate jurídico
  • Posibilidad de solicitarla con posterioridad al fallo o de manera oficiosa
  • Negar por cuanto sentencia T-310/09 está basada en las reglas jurisprudenciales sobre procedencia de la acción de tutela contra decisiones judiciales
Cambio De Jurisprudencia
  • Debe resolverse por la Sala Plena de la Corte Constitucional
Principio De Autonomia Judicial
  • Decisión judicial está conformada por las normas que integran el bloque de constitucionalidad y las previsiones del derecho ordinario
Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional Por Cambio De Precedente
  • Procedencia estará supeditada a estrictos requisitos
Accion De Tutela Contra Sentencias Judiciales
  • Sala de Revisión se ajustó al precedente jurisprudencial en sentencia T-310/09
Jurisprudencia De Altas Cortes
  • Función de unificación jurisprudencial por cuanto sus precedentes adquieren fuerza vinculante
11 temas · 19 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. NEGAR LA NULIDAD de la Sentencia T-310 del 30 de abril de 2009, proferida por la Sala Tercera de Revision de la Corte Constitucional.
  2. SEGUNDO. Comuniquese la presente providencia a los peticionarios, con la advertencia que contra esta decision no procede ningun recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.